1 de enero de 2021 – Entrada en vigor del Brexit.
Aunque se declaró que el Reino Unido abandonaba la Unión Europea en enero de 2020, las partes acordaron que hasta el 31 de diciembre de 2020 no entraría en vigor ningún cambio sustancial en la libertad de circulación de personas y mercancías.
De hecho, nadie estaba preparado para la salida de un país de la Unión Europea (UE). Nunca sucedió porque no se previó que pudiera suceder. Como tal, no había un proceso preparado. No hay procedimiento. Es por esto que las negociaciones se han prolongado durante 3 años, desde el referéndum en el que el «No» ganó en el Reino Unido por un pequeño margen.
Durante diciembre de 2020, todo se mantuvo inestable en el tira y afloja entre el Reino Unido y la Unión Europea. Había dos caminos posibles: el Brexit «suave» (con acuerdo) y el Brexit «duro» (sin acuerdo). Traducir al portugués: para bien o para mal.
Tras varias semanas muy tensas, las partes llegaron a un acuerdo entre Navidad y Nochevieja (ya después de que miles de personas, principalmente camioneros, hubieran pasado la Navidad en la frontera entre Reino Unido y Francia, impedidos de paso supuestamente por falta de prueba covid).
Así, el camino elegido fue el Brexit suave -a través del Acuerdo de Comercio y Cooperación- y entraron en vigor nuevas reglas.
Pero la regularización del tráfico y la implementación de los nuevos procesos no fue tan rápida ni sencilla como se deseaba. Once días después de la entrada en vigor del Brexit y de las nuevas reglas de relación entre la UE y el Reino Unido, seguían existiendo dudas y retrasos en el flujo rodado, especialmente desde el punto de vista administrativo y de control aduanero, tanto por parte francesa (Calais) como por parte inglesa (Dover). Incluso con la travesía (en ferry o en el eurotúnel) registrando un porcentaje de afluencia muy por debajo de lo normal.
Ahora estamos en un periodo de tolerancia para la adaptación de nuevos procesos. Durante este primer semestre de 2021, podemos esperar que estos procesos se optimicen gradualmente (y los niveles de demanda también evolucionarán).
El Acuerdo de Comercio y Cooperación -vigente- garantiza el acceso mutuo de los productos a los dos mercados sin cuotas ni derechos de aduana, pero también definió una serie de barreras comerciales, como más controles aduaneros y burocracia en las transacciones económicas. Y en consecuencia, el aumento de los costos en las transacciones comerciales. Todo ello similar a las relaciones económicas con otros países no comunitarios, como Suiza o Marruecos, por ejemplo.